Apartamentos Mill House
11 Primera Avenida
20
(631) 904-0913
Bayshore, Nueva York, 11706
Multifamiliar
Apartamentos Mill House
Las postulaciones se abren a las 9 a. m. del 3 de enero de 2025.
Por orden de llegada/solicitud en línea
Directrices del programa de viviendas de alquiler asequible
ESTE DOCUMENTO CONTIENE LAS DIRECTRICES DEL PROGRAMA MILL HOUSE. LEA ESTE DOCUMENTO CON ATENCIÓN, YA QUE LAS DIRECTRICES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE SE APLICARÁN ESTRICTAMENTE.
Community Development Long Island (CDLI) , en asociación con 161 East, LLC (propietario/gerente) , se complace en anunciar que está aceptando solicitudes para establecer una lista de posibles solicitantes para 4 unidades de alquiler asequibles de nueva construcción ubicadas dentro de Mill House.
El personal del CDLI está disponible para ayudarle con cualquier pregunta que pueda tener sobre el programa y el proceso de solicitud. No dude en llamar al (631)904-0913 o enviar un correo electrónico a Millhouse@cdcli.org
Las solicitudes se procesarán por orden de llegada a partir de las 9 a. m. del 3 de enero de 2025. Las solicitudes estarán disponibles SOLO en línea en www.cdli.org . NO entregue las solicitudes de ninguna otra manera, como por correo o en mano, ya que NO serán aceptadas.
Casa del molino
Mill House es un complejo de alquiler de 20 unidades ubicado en 11 First Avenue, Bay Shore, Nueva York. Cuatro (4) de las unidades están designadas como unidades asequibles dentro de los parámetros de ingresos y alquiler establecidos a continuación.
Mill House consta de un edificio de 4 pisos con ascensor y estacionamiento en el lugar disponible por una tarifa adicional. Cada unidad está equipada con electrodomésticos de acero inoxidable, encimeras de cuarzo, calefacción y aire acondicionado centrales y lavadoras/secadoras en la unidad. Las comodidades del complejo incluyen un espacio de salón para los residentes.
Restricciones de ingresos y alquileres
De acuerdo con los requisitos de la Junta Municipal de la Ciudad de Islip, las cuatro (4) unidades asequibles se alquilarán inicialmente a hogares con ingresos iguales o inferiores al 80 % del ingreso medio del área de HUD para el condado de Suffolk, ajustado al tamaño de la familia. Los límites máximos de ingresos y alquiler para las unidades tipo estudio se basarán en el tamaño de la familia de 1, las unidades de un dormitorio se basarán en el tamaño de la familia de 2 y las unidades de dos dormitorios se basarán en el tamaño de la familia de 3, de acuerdo con los requisitos de la ciudad. En la recertificación anual, el ingreso máximo permitido no excederá el 100 % del ingreso medio del área de HUD aplicable en ese momento para el condado de Suffolk, ajustado al tamaño de la familia. El subsidio de asistencia para el alquiler aprobado se contará para el ingreso mínimo. Los requisitos de ingresos se ajustarán anualmente según los límites de ingresos medios del área publicados por HUD para el condado de Nassau/Suffolk. Las pautas de ingresos mínimos no se aplican a los solicitantes con un subsidio de alquiler aprobado.
Con base en lo anterior, los límites iniciales máximos y mínimos de ingresos y alquileres para las 4 unidades asequibles en Mill House son los siguientes:
TAMAÑO DE LA UNIDAD | TAMAÑO DE LA FAMILIA | ALQUILER MENSUAL** | RANGO DE INGRESO ANUAL BRUTO TOTAL AL 80 % DEL AMI DE HUD Mínimo* Máximo | |
Estudio | 1 | $2,045 | $73,629 | $87,450 |
| 2 | $2,045 | $73,629 | $87,450 |
| ||||
1 dormitorio | 1 | $2,319 | $83,475 | $99,950 |
| 2 | $2,319 | $83,475 | $99,950 |
| ||||
2 habitaciones | 2 | $2,578 | $92,817 | $112,450 |
| 3 | $2,578 | $92,817 | $112,450 |
| 4 | $2,578 | $92,817 | $112,450 |
*Las pautas de ingresos mínimos no se aplican a aquellos solicitantes con un subsidio de alquiler aprobado.
**Incluye la asignación de servicios públicos calculada según la tabla de servicios públicos de TOI PHA. No incluye cargos obligatorios u opcionales por otros servicios.
Utilidades
Los inquilinos deben pagar los servicios públicos de la siguiente manera:
Calor – Eléctrico
Cocina – Eléctrica
Aire acondicionado – Eléctrico
Agua caliente – Eléctrica
Eléctrico
Cable
Internet
Teléfono
PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN INICIAL DE INQUILINOS
Proceso general
La elegibilidad para una unidad implica tres pasos: (1) Presentación oportuna de una solicitud completa; (2) Revisión por parte del propietario/gerente para el alquiler, incluyendo verificación de crédito, verificación de antecedentes, historial de empleo y alquiler; y (3) Presentación oportuna de la información adicional requerida necesaria para evaluar la elegibilidad del programa para el alquiler, incluidos ingresos, declaraciones de impuestos y documentación relacionada.
PASO UNO – PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE LISTA DE ESPERA
Las solicitudes se procesarán por orden de llegada y solo podrán enviarse en línea a partir de las 9 a. m. del 3 de enero de 2025. NO entregue las solicitudes de ningún otro modo, como por correo o en mano, ya que NO serán aceptadas.
Para enviar la solicitud electrónica, vaya al sitio web de CDLI en www.cdli.org y haga clic en el enlace de Solicitud de Mill House. Los solicitantes serán incluidos en una lista de espera en el orden en que se reciba su solicitud. Las solicitudes serán fechadas y selladas automáticamente para su envío y se incluirán en una base de datos. CDLI notificará a los solicitantes su número de clasificación en la lista de espera. CDLI se comunicará con los solicitantes en orden de clasificación para determinar la elegibilidad formal para una unidad.
La inclusión en la lista de espera representa solo el primer paso para el cumplimiento inicial y no garantiza la aprobación preliminar o la elegibilidad para una unidad.
PASO DOS – EVALUACIÓN DE IDONEIDAD DEL INQUILINO
A medida que se alcancen los nombres de los solicitantes en la lista de espera , CDLI se comunicará con ellos en orden de prioridad, por correo electrónico, si está disponible, o por teléfono. Si un solicitante sigue interesado, se le solicitará que envíe una identificación con fotografía de todos los miembros del hogar mayores de 18 años. CDLI derivará a los solicitantes al propietario/gerente para que completen una solicitud de alquiler . Todos los solicitantes mayores de 18 años deben pagar una tarifa de solicitud de $20 con tarjeta de crédito o débito en línea. La revisión de elegibilidad del propietario/gerente implicará evaluar la idoneidad del solicitante para el arrendamiento a través de la verificación del empleo, el historial de arrendamiento, la solvencia crediticia y las verificaciones de antecedentes penales utilizando una empresa de buena reputación y adhiriéndose a la Ley de Informes de Crédito Justos. El propietario/gerente también puede realizar una entrevista personal. Los solicitantes también deberán demostrar que pueden pagar el alquiler del primer mes y un depósito de seguridad. Los solicitantes que sean evaluados con éxito serán remitidos nuevamente a CDLI para la revisión de elegibilidad del programa.
PASO TRES – EVALUACIÓN DE ELEGIBILIDAD DEL PROGRAMA
A medida que los solicitantes se consideren elegibles de conformidad con el Paso 2 anterior, CDLI notificará a los solicitantes por correo electrónico para que envíen la documentación requerida que incluirá
(2) últimos 2 años de declaraciones de impuestos federales sobre la renta, formulario W-2 y/o 1099;
(3) cuatro recibos de sueldo consecutivos más recientes, carta de adjudicación del Seguro Social actual, declaraciones de jubilación, etc.
(4) si corresponde, información/vale de asistencia para vivienda subsidiada aprobado
(3) los tres últimos estados de cuenta bancarios mensuales consecutivos de todas las cuentas bancarias y cuentas de inversión.
El solicitante tendrá 5 días hábiles para proporcionar toda la documentación de respaldo. Si CDLI no recibe la documentación anterior dentro de dicho período, el solicitante no será elegible y se le enviará una carta para confirmarlo. El solicitante también deberá proporcionar ciertos consentimientos para permitir que CDLI verifique las declaraciones de ingresos y el empleo.
Los ingresos incluirán todos los ingresos brutos, incluidos, entre otros, los ingresos por empleo de tiempo completo y parcial, horas extra, bonificaciones, propinas, pensiones, seguridad social, distribuciones de 401k e IRA, manutención de menores, pensión alimenticia e indemnización por despido. Se incluyen TODAS las fuentes de ingresos y se anualizarán para el próximo período de 12 meses. Los ingresos totales menos las exclusiones permitidas, si las hubiera, no pueden superar los límites máximos de ingresos.
A los solicitantes que sean seleccionados exitosamente se les ofrecerá la oportunidad de firmar un contrato de arrendamiento por escrito.
Búsqueda de antecedentes penales
Se realizará una verificación de antecedentes penales. Hay dos razones obligatorias por las que se le negará el alquiler a un solicitante en función de sus antecedentes penales: (1) el solicitante o cualquier miembro del hogar ha sido condenado por producción de metanfetamina; o (2) el solicitante o cualquier miembro del hogar está registrado de por vida en una base de datos de delincuentes sexuales estatal o federal.
Además, el propietario/gerente evaluará a los solicitantes con condenas penales y arrestos pendientes por delitos que
(1) implicó peligro físico o violencia contra personas o bienes o (2) afectó negativamente la salud, seguridad y bienestar de otras personas. Estas categorías de delitos son relevantes porque se relacionan con el comportamiento esperado de un inquilino, que debe vivir en paz junto con otros inquilinos y respetar su propiedad. Se realizará una evaluación individualizada y se tomará una decisión que puede resultar en la denegación de la solicitud.
Historia de crédito
Se obtendrá un informe de crédito de cada solicitante. El solicitante debe tener un historial de crédito satisfactorio que le permita cumplir con sus obligaciones financieras, incluido el pago puntual del alquiler. Los solicitantes no pueden haber incurrido en retrasos en los pagos del alquiler en los últimos 12 meses. Sentencias pendientes, cobros, antecedentes de pagos atrasados y antecedentes penales pueden ser motivo de inelegibilidad. Se requiere una puntuación de crédito mínima de 650. El historial de crédito, las sentencias pendientes, los cobros, la declaración de quiebra, los antecedentes de pagos atrasados y los antecedentes penales se revisan caso por caso.
Recertificación de Ingresos Anuales.
Los inquilinos serán recertificados anualmente de acuerdo con las pautas establecidas para la asequibilidad. A los inquilinos se les proporcionará una lista de verificación de recertificación de unidad asequible y un acuse de recibo al momento de finalizar el contrato de arrendamiento que detalla los requisitos de recertificación de ingresos. En la recertificación anual, el ingreso máximo permitido no debe exceder el 100 % del 80 % aplicable en ese momento del ingreso medio del área de HUD para el condado de Suffolk, ajustado por el tamaño de la familia. Si el ingreso del inquilino excede el ingreso máximo requerido para las unidades asequibles, el inquilino puede continuar ocupando la unidad, pero el alquiler se ajustará al alquiler de mercado. En el caso de que una unidad previamente designada como asequible se convierta en alquiler de mercado, la próxima unidad disponible se designará como asequible de conformidad con los requisitos establecidos en estas Pautas del programa.
Periodo de asequibilidad
Las restricciones de asequibilidad establecidas anteriormente permanecerán vigentes a perpetuidad a discreción de la Junta Municipal de la Ciudad de Islip.
LISTA DE ESPERA
La lista de espera de admisión se convertirá en una lista de espera permanente una vez que se hayan alquilado las 4 unidades asequibles. Cuando haya vacantes, se contactará al primer solicitante elegible en la lista de espera para informarle que hay una unidad disponible en el modo de contacto preferido, como se indica en el formulario de admisión de la lista de espera. Se harán tres intentos para informar al solicitante antes de continuar con el siguiente solicitante en la lista; todos los intentos se documentarán. Si el solicitante ya no está interesado, la solicitud se eliminará de la lista de espera con una explicación del motivo de la eliminación de la lista de espera. Los solicitantes interesados tendrán 5 días hábiles para proporcionar una solicitud de alquiler formal completa, junto con la documentación requerida como se establece anteriormente para realizar la certificación de ingresos, verificación de empleo, solvencia crediticia y verificaciones de antecedentes como se describe en el Paso 2 y Paso 3 anteriores.
COMPROMISO CON LA VIVIENDA JUSTA Y LA NO DISCRIMINACIÓN
El propietario/gerente se compromete plenamente a hacer cumplir el espíritu y la letra del Título VIII de la Ley de Derechos Civiles de 1968 (Ley Federal de Vivienda Justa), la Ley de Enmiendas a la Ley de Vivienda Justa de 1988, la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, la Ley de Derechos Humanos de Nueva York y la Ley de Derechos Humanos del Condado de Suffolk. Ni el propietario/gerente ni ninguno de sus afiliados, empleados, agentes o corredores discriminarán en la venta, alquiler, publicidad o financiación de viviendas a ninguna persona o familia por motivos de raza, color, origen nacional, religión, género, discapacidad, identidad de género, estado civil, orientación sexual, condición de veterano/militar, fuente de ingresos o por cualquier otra clase protegida.
ADAPTACIONES/MODIFICACIONES RAZONABLES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Las personas con discapacidad tienen derecho a solicitar una adaptación razonable en las normas, políticas, prácticas o servicios, o a solicitar una modificación razonable en la vivienda, cuando dichas adaptaciones o modificaciones sean necesarias para brindarles igualdad de oportunidades de uso y disfrute de la vivienda. Se ofrecerán adaptaciones razonables a todas las personas discapacitadas que soliciten adaptaciones debido a una discapacidad en cualquier momento durante el proceso de solicitud, selección de residentes y arrendamiento.
Cumplimiento de la Ley de Violencia contra la Mujer (“VAWA”)
Según corresponda, el propietario/gerente se adherirá a la regla final de VAWA que prohíbe la negación de arrendamiento o el desalojo como resultado de un incidente de violencia doméstica, violencia en el noviazgo, agresión sexual o acecho que se informe y confirme.
CONDICIONES ADICIONALES
Se informa a los solicitantes que el propietario/administrador mantiene políticas y procedimientos que rigen el complejo y sus inquilinos.
Propietario/Gerente
161 East LLC Teléfono
Número: 631-666-4040
Contacto de marketing afirmativo de vivienda justa
Desarrollo comunitario de Long Island 1660 Walt Whitman Road, Suite 130
Melville, Nueva York 11747
Persona de contacto: Donna Schrimpe Número de teléfono: (631) 904-0913
Dirección de correo electrónico: Millhouse@cdcli.org